1.-
CUOTAS
La cuota por MANTENIMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO, que autoriza la Resol. 846 mencionada, es un pago anual de la suma equivalente al arancel de enseñanza.
2.-
COLECTAS
Durante el año 2008 también les pediremos, como lo hemos hecho este año, con carácter voluntario, una contribución de $3 recaudados en forma mensual y que pagarán en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, junto con el arancel. Estas colectas serán destinadas a CARITAS -MÁS POR MENOS- OBRAS MISIONALES PONTIFICIAS- ÓBOLO DE SAN PEDRO - PASTORAL Y PREVENCIÓN. Queremos de esta forma ayudar a aliviar, en alguna medida, los terribles flagelos del hambre, la pobreza, la droga y el SIDA.
3.-
BECAS
Recuerden que el 31-12-2007, caducan todas las becas otorgadas, y el 20/12/2007 es la última fecha de recepción de las solicitudes para el 2008.
4.- FECHAS Y FORMAS DE PAGO
Este año el importe anual autorizado a cobrar por la DIPREGEP se distribuirá en once (11) cuotas mensuales, de febrero a diciembre.
A partir del mes de mayo se incluye en la cuota el concepto de "Compensación por mayores costos laborales", resultante de la disposición Nº 123/08 de la DIPREGEP; la cual se corresponde con la Resolución Nº 43/2008 establecida por el gobierno para la recuperación de los costos laborales calculados entre diciembre de 2007 y marzo de 2008.
NIVEL SUPERIOR DOCENTE
|
ARANCEL POR ENSEÑANZA OFICIAL |
$59,69 |
| MANTENIMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO |
$ 5,81 |
| COMPENSACIÓN POR MAYORES COSTOS LABORALES |
|
| TOTAL |
$90,00 |
|
NIVEL SUPERIOR TÉCNICO
| ARANCEL POR ENSEÑANZA OFICIAL |
$72,41 |
| MANTENIMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO |
$ 7,25 |
| COMPENSACIÓN POR MAYORES COSTOS LABORALES |
$26,55 |
| TOTAL |
$106,21 | |
La primera cuota deberá abonarse en febrero y la fecha de vencimiento será el día diez (10) de cada mes del año 2008, de febrero a diciembre inclusive. Las becas se otorgarán a partir de marzo, o sea que el arancel de febrero se abonará sin rebaja arancelaria. Los pagos se harán en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, previo retiro del recibo en Itatí, (Casilleros de la Administración del Terrero), aún en tiempo de receso escolar, a partir del día 1° de cada mes.
5.- CRITERIO DE ACTUALIZACIÓN DEL IMPORTE BASE
El mecanismo seguirá siendo el que resulta de trasladar los aumentos porcentuales que sufran las retribuciones del personal, en la medida en que lo permitan los organismos de control.
6.- MORA EN EL PAGO
Los pagos que se efectúen una vez vencidos los plazos fijados en el punto 2, devengarán un recargo administrativo cuyo importe será de $3 más el 1% acumulativo mensual.
Cuando se acumulen tres cuotas impagas consecutivas, el recibo de aranceles llevará la leyenda "ULTIMO AVISO DE PAGO", esto significa que si no se cancela la deuda, el recibo de la siguiente cuota deberá ser retirado en la Administración donde se le hará entrega de una liquidación de la deuda con la que deberá concurrir a nuestro Estudio Jurídico a fin de concretar un convenio de pago que le facilite la cancelación de la deuda.
7.- BOLETAS DE EXÁMENES
Para poder retirar las boletas de exámenes, todos los alumnos, también los becados con cualquier porcentaje de beca, deberán tener pago hasta el mes correspondiente al examen.
8.- OBSERVACIONES
El Instituto recibe subvención estatal, a través de la DIPREGEP, en una proporción del 100% de los sueldos y cargas sociales del personal docente afectado exclusivamente a la enseñanza curricular oficial.
Cualquier modificación que se produjera en el contenido de las normas vigentes, en alguno de sus aspectos o criterios integrantes con posterioridad a la emisión de la presente nota, será puesta en conocimiento de Uds. a través del medio más idóneo y viable.
Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para saludarlos con toda consideración y estima.