Home > Administración > Circular 27/05/09
Estimados Alumnos:
De conformidad con lo dispuesto por la Resolución Nº: 846 de la Dirección General de Cultura y Educación, en mi carácter de Representante Legal del Instituto, les informo que el régimen arancelario para el año 2011, se regirá por las siguientes pautas:
1. CUOTAS: la composición de la cuota para febrero 2011, a valores constantes de noviembre de 2010, será:
| Superior Docente | Superior Técnico | Tramo Capacitación Docente | |
|---|---|---|---|
| ARANCEL POR ENSEÑANZA OFICIAL | 59.69 | 72.41 | 140.00 |
| MANTENIMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO | 5.81 | 7.25 | 14.00 |
| RECUPERO MAYORES COSTOS LABORALES | 74.50 | 85.34 | 80.00 |
| TOTALES | 140.00 | 165.00 | 234.00 |
Estimados Alumnos:
Les informamos que recientemente el gobierno provincial ha autorizado a cobrar un importe en concepto de ANTICIPO A CUENTA DE RECUPERO DE Mayores Costos Laborales 2010 equivalente al Recupero cobrado en 2009. Dicho Anticipo puede cobrarse desde el mes de marzo hasta julio/2010 inclusive. A partir de agosto deberá calcularse el Recupero MCL 2010 definitivo según la metodología que indique el gobierno.
Como recién comenzaremos a facturar el anticipo a partir de mayo, en cada mensualidad se agregará el retroactivo de marzo y abril repartido en cuatro meses.
En consecuencia, los importes de los conceptos que se agregarán a las cuotas serán:
| Superior Docente | Superior Técnico | Tramo Capacitación Docente | |
|---|---|---|---|
| Anticipo Recupero MCL 2010 | 17.50 | 20.60 | 23.50 |
| 50 % retroactivo marzo/2010 | 8.75 | 10.30 | 11.75 |
| TOTALES | 26.25 | 30.90 | 35.25 |
Quiero aclararles el por qué de la cuota extraordinaria, que en la Circular Nº2/2009 habíamos anunciado para el próximo mes de enero/2010. Les recordamos que no se trata de aumentar el arancel anual (que como siempre se divide en once cuotas mensuales de febrero a diciembre, como les explicamos en la Circular Nº 3/2009, acerca del régimen arancelario del 2010) ...
De conformidad con lo dispuesto por la Resolución 846 de la Dirección General de Cultura y Educación, en mi carácter de Representante Legal del Instituto, les informo que el régimen arancelario para el año 2010, se regirá por las siguientes pautas:
Niveles |
SUPERIOR DOCENTE |
SUPERIOR TÉCNICO |
ARANCEL POR ENSEÑANZA OFICIAL |
59.69 |
72.41 |
MANTENIMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO |
5.81 |
7.25 |
COMPENSACION DE MAYORES COSTOS LABORALES |
42.00 |
47.14 |
TOTAL |
107.50 |
126.80 |
Tal como les habíamos informado en la circular Nº 01/09 del 27/05/2009, el Instituto efectuó los cálculos del recupero de mayores costos laborales siguiendo las instrucciones de la Resoluciòn Nro. 300/09 de la Secretaría de Comercio y la Disposición Nro. 317/09 de la DIPREGEP. Los nuevos importes de las cuotas que cobraremos por los meses de setiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2009...
Ponemos en su conocimiento que, en reuniones mantenidas por las autoridades de la Provincia de Buenos Aires con las Asociaciones que nuclean a los institutos educativos públicos de gestión privada de dicha jurisdicción, se ha acordado que éstos puedan percibir, a partir del mes de mayo, un adicional A CUENTA DE RECUPERO DE MAYORES COSTOS LABORALES AÑO 2009. Su importe será equivalente al valor de la CUOTA COMPENSATORIA que había sido autorizada a fines del año pasado y que este Instituto no cobró...